|
SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA EL
DÍA 28 DE ENERO DE 2011.-
En el Salón de
actos del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Villanueva Mesía, a las diecinueve horas del
día veintiocho de enero de dos mil once, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno, bajo la presidencia
del Sr. Alcalde, Don José Antonio Durán Ortiz, concurriendo los Sres. Concejales, Don Juan Fuentes
Gómez, Doña Ángeles Gómez Gutiérrez, Don Antonio José Arco Sánchez, Doña María Antonia Ramírez
Arco, Don Antonio Miguel Castro Maldonado, Don José Entrena Ávila, Don José Antonio Verdejo Cobos,
Don José Moreno Sánchez, Don Francisco Márquez Naranjo y Don Francisco Jiménez Gómez, asistidos por
el Secretario de la Corporación, Don Rafael Martín Hoces, que da fe del acto, al objeto de celebrar
sesión ordinaria en primera convocatoria.
Declarada abierta
la sesión por el Sr. Presidente y comprobada por el Secretario la existencia del quórum de
asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer de los siguientes asuntos
incluidos en el orden del día de la convocatoria.
ASUNTO 1º.-
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.
Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna
observación a las actas de las sesiones celebradas el día 10-12-2010 y 17-12-2010, respectivamente,
que se han distribuido con la convocatoria de la presente.
No formulándose
ninguna, el Sr. Presidente proclama aprobada por unanimidad las actas de las sesiones citadas,
ordenando su trascripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Real
Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el R.O.F.
ASUNTO 2º.-
COMUNICACIONES DE ESCRITOS.
Por el Sr.
Alcalde se informa de los siguientes asuntos de interés municipal:
- Del Escrito de Alegaciones de Alcaldía, de fecha 17 de diciembre de 2010,
a
la “Propuesta de Orden que efectúa el Director General de Administración Local, relativa
a los datos identificativos de la línea que delimita los términos municipales de Moraleda de
Zafayona y Villanueva Mesía, ambos de la provincia de Granada” proponiendo
el cauce del río Genil
como línea divisoria que
delimite los términos municipales de Moraleda de Zafayona y Villanueva Mesía
.
- Del Acuerdo
Bilateral de 23 de diciembre de 2010, entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de
Andalucía y el Ayuntamiento de Villanueva Mesía, para la “Promoción de 24 Alojamientos
Protegidos para Colectivos Especialmente Vulnerables en Villanueva Mesía”.
- Ingreso en las
arcas municipales de esta Entidad, la cantidad de diez mil quinientos diecinueve euros (10.519,00
euros), correspondientes al Convenio Marco entre la Junta de Andalucía y las Diputaciones
Provinciales Andaluzas para el Desarrollo de Medidas especiales de apoyo financiero a los
Municipios Andaluces.
- Resolución de
Alcaldía, concediendo, por vía de urgencia, las siguientes peticiones de licencia:
|
Núm.
Exp.
|
Nombre y Apellidos
|
Tipo de obra
|
Domicilio/
/Emplazamiento
|
Presupuest
/€uros
|
|
01/2011
|
José A. Blanco Huertas
|
Construcción vivienda unifamiliar y bajos
|
C/ Goya, núm. 8
|
113.686,10
|
|
03/2011
|
Francisco Blanco Huertas
|
Construcción vivienda unifamiliar y bajos
|
C/ Goya, núm. 10
|
113.686,10
|
ASUNTO 3º.
- APROBACIÓN DEFINITIVA ESTUDIO DE DETALLE DEL SOLAR EXISTENTE ENTRE LAS CALLES GOYA Y GRECO,
PROMOVIDO A INSTANCIA DE MIGUEL ANGEL LOBATO SÁNCHEZ.
Dada cuenta del Estudio de Detalle promovido a instancia de Miguel Ángel Lobato
Sánchez y redactado por el Arquitecto Jesús E. Fiestas Carmona, relativo al solar catastral
0394228VG1109C0001SR de su propiedad, identificado como registral núm. 1557,situado entre las
calles Goya y Greco, de esta localidad, de una extensión superficial de 651,00 m2. y teniendo en
cuenta
Que por el
Técnico redactor de la propuesta se justifica la ordenación de volúmenes en dicho solar y la
creación de un patio de manzana de 236,28 m2, al que se accede desde la calle Greco.
Que el expediente ha sido
sometido a información pública por un período de VEINTE DÍAS HÁBILES, mediante la inserción de
anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 233, de fecha 07-12-2010 y en el Ideal
de Granada, de fecha 05-12-2010, y se ha notificado personalmente a los propietarios e interesados,
sin que se haya formulado alegaciones contra el mismo.
Que el art. 15.1
de la Ley 7/2.002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y la norma
9.2.5 del Plan General de Ordenación Urbanística de Villanueva Mesía (PGOU), establecen que
“Los Estudios de Detalle son figuras de planeamiento que tiene por objeto completar o adaptar
algunas determinaciones del planeamiento en áreas de suelos urbanos de ámbito reducido”, con
la finalidad, entre otras, de “ordenar volúmenes en suelo urbano”.
Que el presente
Estudio de Detalle y Anexo mantiene las determinaciones del planeamiento; no altera el
aprovechamiento que corresponde a los terrenos comprendidos en el mismo, no ocasionan perjuicios ni
altera las condiciones de la ordenación de los predios colindantes (art. 15.2 de la LOUA).
Que este
Ayuntamiento Pleno es competente para aprobar definitivamente los Estudios de Detalle, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 22. c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases del Régimen Local, en redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril.
Vistos los
informes del Arquitecto Técnico Municipal y del Secretario-Interventor de la Corporación, ambos de
fecha 22 de noviembre de 2010, los cuales constan en el expediente.
Vistas las
disposiciones precedentes, así como los art. 15, 19, 31 y 32 de la mentada Ley 7/2.002, de 17 de
diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía; 66, 117 y 140 del Real Decreto
2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Planeamiento, de aplicación
supletoria según dispone la Disposición Adicional Novena de la LOUA.
El Pleno de la Corporación, por unanimidad de los once concejales que legalmente lo compone,
ACUERDA:
Primero
: Aprobar, definitivamente, el Estudio de Detalle promovido a instancia de Miguel Ángel
Lobato Sánchez y redactado por el Arquitecto D. Jesús E. Fiestas Carmona, relativo al solar
catastral 0394228VG1109C0001SR de su propiedad, identificado como registral núm. 1557,
situado entre las calles Goya y Greco, de esta localidad, de una extensión superficial de 651,00
m2, el cual tiene como finalidad la ordenación de volúmenes y la creación de un patio de manzana de
236,28 m2, al que se accede desde la calle Greco por cuanto sus determinaciones son acordes con la
Ley 7/2.002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el Reglamento de
Planeamiento Urbanístico y el Plan General de Ordenación Urbanística de Villanueva Mesía.
Segundo:
Que, previo depósito e inscripción en el Registro Municipal de Instrumentos de
Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, se haga público
este acuerdo de conformidad con lo dispuesto por el art. 140.6 del citado Reglamento de
Planeamiento y se notifique a los propietarios y demás interesados directamente afectados, con
señalamiento de los recursos procedentes
ASUNTO 4º
.- CONCESIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.-
A) APROBACIÓN PROYECTO BÁSICO OBRA “CONSTRUCCIÓN DE 24 ALOJAMIENTOS PROTEGIDOS
EN CALLE BUENAVISTA, S/N”.
El pasado día 30 de octubre de 2009, el pleno de la corporación modificaba el
convenio de gestión y cooperación con la Empresa Provincial de Vivienda, Suelo y Equipamiento de
Granada, S.A. (VISOGSA), suscrito el día uno de abril de 2009, para el asesoramiento y la gestión
de una promoción de 24, en vez de 22, alojamientos protegidos en alquiler de titularidad
municipal, en calle Buenavista, s/n, de esta localidad, en el que expresamente se le autorizaba,
entre otros, la contratación de la redacción y dirección de los proyectos técnicos, Estudio
Geotécnico, Levantamiento Topográfico y el Proyecto de Seguridad y Salud.
Con fecha 28 de octubre de 2009 pasado, VISOGSA presentaba el Proyecto Básico
Reformado de 22 viviendas a 24 alojamientos, servicios comunitarios, aparcamientos y local, en
sustitución del presentado el día 21 de abril de 2009, redactado por el Arquitecto Don Rafael
Comino Trujillo para su correspondiente aprobación y autorización de las obras proyectadas.
Examinado el expediente incoado al efecto, en el que consta el informa favorable del
Técnico Municipal.
Vistos los artículos 169, 171 y 172 de la Ley 7/2.002,
de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) (B.O.J.A. núm. 154, de
31-12-2.002); Decreto de delegación de atribuciones del Alcalde, de fecha 18 de junio
de 2007, cuya competencia le viene dada por los artículos 21.1 q) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril;
24 e) del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de abril; y 41 apartado 9 del R.O.F., aprobado
por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre; así como el artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y de lo dispuesto por el PGOU de Villanueva Mesía.
El Pleno de la Corporación, actuando con facultades
delegadas, por unanimidad de los once concejales que legalmente lo componen,
ACUERDA:
Primero.-
Aprobar el proyecto básico para la construcción de 24 alojamientos, servicios
comunitarios, aparcamientos y local en calle Buenavista, s/n, de esta localidad, redactado por
el Arquitecto Don Rafael Comino Trujillo y consecuentemente, autorizar las obras proyectadas, con
los mismos efectos que la licencia urbanística, de la que es promotor este Ayuntamiento y
VISOGSA órgano gestor de la promoción a todos los efectos.
Segundo
.- Notificar, en legal forma, el presente acuerdo.
B)
CONCESIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.-
Dada cuenta
de los expedientes núm. 32/2010 y 37/2010, respectivamente, de ejecución
de obras, para su aprobación, si procede.
Vistos los
artículos 1 y 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; 169, 171 y 172 de la Ley
7/2.002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) (B.O.J.A. núm. 154, de 31-12-2.002);
artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, de aplicación supletoria conforme a lo
dispuesto por la Disposición Transitoria Novena de la LOUA; artículos 21.1 q) de la Ley
7/1.985, de 2 de abril; 24 e) del Real Decreto Legislativo
781/1.986, de 18 de abril; y 41 apartado 9 del
R.O.F., aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre; así como el
artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de lo dispuesto por el PGOU de Planeamiento de
Villanueva Mesía y las Ordenanzas Fiscales Reguladoras sobre el Impuesto sobre Construcción,
Instalaciones y Obras y concesión de Licencias Urbanísticas.
Visto el informe expedido por el Arquitecto Técnico Municipal, que consta en cada
expediente.
El Pleno de la Corporación, actuando con facultades
delegadas, por unanimidad de los once concejales que legalmente lo componen,
ACUERDA:
Primero.-
Conceder licencia urbanística a los siguientes solicitantes, en los domicilios que a
continuación se indican, con las condiciones que se especifican en el informe del técnico
municipal:
|
Núm.
Exp.
|
Nombre y Apellidos
|
Tipo de obra
|
Domicilio/
/Emplazamiento
|
Presupuest
/€uros
|
|
32/2010
|
Miguel A. Lobato Sánchez
|
Ampliación vivienda unifamiliar
|
C/ Greco, s/n
|
30.219,44
|
|
37/2010
|
Antonio Ropero Morales
|
Construcción vivienda unifamiliar y local
|
C/ Granada, núm. 8
|
60.000,00
|
Segundo.-
Aprobar las siguientes liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Construcciones,
Instalaciones y Obras (2,80 % sobre el presupuesto), conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora
y de la Tasa de concesión de Licencia Urbanística (0,20 % sobre el presupuesto), que deberá
ingresarse en la Tesorería Municipal en los plazos fijados por el art. 62 de la
Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria (Las liquidaciones notificadas entre los días 1
y 15 de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del
mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las liquidaciones
notificadas entre los días 16 y último de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de
la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente). Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin haber
satisfecho la deuda, se procederá al cobro por vía de apremio, con los recargos que correspondan
del importe de la deuda, más los intereses de demora y, en su caso, las costas que se
produzcan:
|
Núm.
Exp.
|
Nombre y Apellidos
|
I.C.I.O./euros
2,80%
|
Tasa/euros
0,20 %
|
Total a ingresar/
/€uros
|
|
32/2010
|
Miguel A. Lobato Sánchez
|
846,14
|
60,44
|
906,58
|
|
37/2010
|
Antonio Ropero Morales
|
1.680,00
|
120,00
|
1.800,00
|
Tercero
.- Notificar, en legal forma, el presente acuerdo dándole traslado de los recursos
pertinentes.
URGENCIAS:
Previa la
correspondiente declaración de urgencia, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los once
concejales que legalmente lo componen, decide incluir en el orden del día el siguiente
asunto:
RATIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA, DE FECHA 27 DE ENERO DE 2011 DE SOLICITUD A LA CONSEJERÍA DE EMPLEO LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN PARA TALLER DE EMPLEO
DENOMINADO “AYUDA A DOMICILIO VILLANUEVA MESÍA”.
Se da cuenta de la siguiente Resolución del Alcalde, de fecha 27 de enero de 2011, que
literalmente:
“
ASUNTO
SOLICITUD A LA CONSEJERÍA DE EMPLEO LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN PARA TALLER DE EMPLEO
DENOMINADO “AYUDA A DOMICILIO VILLANUEVA MESÍA”.
Según el Plan de
Desarrollo Local de 2007, la tasa de desempleo en nuestra población es más alta en el tramo de edad
comprendido entre 25 y 49 años, entre las que destaca la mujer, las personas paradas de larga
duración y los inmigrantes, agravadas en el último año por la crisis económica y que para
amortiguar sus efectos negativos, haría falta, entre otros, diversificar la economía local.
Asimismo, la
entrada en vigor de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las personas en situación de dependencia, prevé la colaboración de todas las
administraciones públicas y garantiza un derecho subjetivo de la ciudadanía, consistente en
asegurar el acceso de cualquier persona a las prestaciones y servicios que requiera en función de
la situación de dependencia en que se encuentre.
Al objeto de formar a los/as desempleados/as interesados/as en prestar servicio de
ayuda a domicilio a personas dependientes, se contempla la necesidad y conveniencia de solicitar un
Taller de Empleo, al amparo de la Orden de 5 de diciembre de 2006 por la que se regula los
programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y
Desarrollo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a
dichos programas.
En su virtud, esta Alcaldía, en ejercicio de las competencias que le confiere la
legislación, vigente RESUELVE:
Primero.
- Aprobar el Proyecto elaborado al respecto para la puesta en funcionamiento de un Taller
de Empleo denominado “Ayuda a Domicilio Villanueva Mesía”, cuyo presupuesto asciende a
282.174,19 euros.
Segundo.
- Solicitar del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo una ayuda económica
de 268.065,48 euros para la realización del proyecto de Taller de Empleo “Ayuda a
Domicilio Villanueva Mesía”.
Tercero
.- Comprometerse a la financiación del resto del proyecto, 14.108,71 euros y de aquella
parte del coste del proyecto que no incentive el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de
Empleo.
Cuarto.
- Compromiso de aportar un plan de prevención de riesgos laborales, con objeto de eliminar
o reducir los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, derivados de las condiciones
de trabajo, antes de iniciar las actividades del proyecto.
Quinto.
- Compromiso de adaptación del puesto de trabajo a las necesidades que determinados
alumnos-discapacitados puedan presentar para que puedan desempeñar adecuadamente su
ocupación.
Sexto.
- Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre para su
ratificación”.
En su virtud, el
Pleno de la Corporación, por unanimidad de los once concejales que legalmente lo compone, ratifica
la resolución precedente en los términos trascritos.
ASUNTO 5º
.- RUEGOS Y PREGUNTAS.
- Por el portavoz
del PSA, Sr. Verdejo Cobos, se formulan las siguientes preguntas:
1. Qué
procedimiento se ha seguido en la contratación de la obra “construcción Pista de Pádel”
y en qué lugar del parque Genil se va emplazar:
El Sr. Alcalde le
contesta que mediante el procedimiento del contrato menor, se ha adjudicado a CONSTRUVILLA, S.L.,
por ser la oferta más ventajosa para los intereses de la Corporación, y añade que, aunque la LCSP
no lo exige, se ha consultado a las empresas MOLINO Y VUELTAS CONSTRUCCIONES, S.L. y CONSTRUVILLA,
S.L.
Con respecto a su
emplazamiento, expone que se va ubicar en un extremo del parque con el fin de posibilitar su
ampliación futura.
2. Cómo se van a
ejecutar y cuándo se van a iniciar las obras de Planes Provinciales denominadas “obras de
infraestructura en varias calles del casco urbano”.
El Sr. Alcalde le
contesta que, según lo acordado plenariamente, se ejecutarán por administración; que el pasado mes
de noviembre se firmó el acta de replanteo; y que ese mismo mes se iniciaron obras en la calle
Argentina.
Siendo los asuntos
tratados el objeto de esta Sesión, por la Presidencia se levantó la misma a las veinte y quince
minutos, de todo lo cual se extiende la presente acta, de lo que, como Secretario,
Certifico.-
Villanueva Mesía, a 31 de ENERO de 2011
Vº Bº
EL ALCALDE
|